Sueldo mínimo sube a S/ 1,230 desde el 1 de octubre: qué cambia en su planilla
El Decreto Supremo N° 015-2026-TR, publicado el 28 de setiembre en El Peruano, eleva la Remuneración Mínima Vital (RMV) en dos tramos. El primero rige desde el 1 de octubre de 2026.
Lo que dice la norma (y lo que no)
El aumento total es de S/ 170, acordado por consenso en el Consejo Nacional de Trabajo. El primer tramo (S/ 100) rige desde el 1 de octubre de 2026. El segundo tramo (S/ 70) está previsto en el decreto, pero su fecha la fijará otro decreto supremo durante el primer semestre de 2027.
El Gobierno ha dicho que ese segundo tramo llegaría tras el Fenómeno El Niño (entre abril y mayo, según el MEF), pero esa condición no figura en el texto legal: es un anuncio, no un requisito.
Conceptos que se recalculan desde octubre
La RMV funciona como el nivel del agua en un puerto: cuando sube, eleva todo lo que está amarrado a ella.
| Asignación familiar (10% RMV)Ley 25129 | S/ 123.00 |
| Aporte mínimo a EsSalud (9% RMV) | S/ 110.70 |
| Remuneración mínima por trabajo nocturno (RMV + 35%)Art. 8, D.S. 007-2002-TR | S/ 1,660.50 |
| RMV del sector minero (RMV + 25%) | S/ 1,537.50 |
| Bonificación Especial por Trabajo Agrario – BETA (30% RMV) | S/ 369.00 |
| Subvención mínima de practicantes, jornada completaLey 28518 | S/ 1,230.00 |
| Trabajadores del hogar a tiempo completoLey 31047 | S/ 1,230.00 |
| Tope diario de movilidad sustentada con planilla (4% RMV), deducible para Impuesto a la Renta | S/ 49.20 |
Además, suben en cadena la CTS, gratificaciones, vacaciones y el seguro Vida Ley de quienes ganan el mínimo. Ojo: no solo se reajusta a quien ganaba S/ 1,130; cualquier trabajador a jornada completa que gane menos de S/ 1,230 (por ejemplo S/ 1,150 o S/ 1,200) también debe ser nivelado.
El MEF anunció un apoyo de S/ 100 por trabajador para microempresas (2 a 10 trabajadores), solo por octubre. No está en este decreto: recomendamos no contar con él en su flujo de caja hasta que se publique la norma con sus requisitos.
Qué hacer esta semana
Recuerde: no pagar íntegramente la remuneración es infracción grave en materia laboral (D.S. 019-2006-TR). El reajuste cuesta poco; una multa de SUNAFIL, bastante más.
Le ayudamos a identificar a quiénes afecta y el costo real del reajuste para su empresa.
Fuente: D.S. N° 015-2026-TR (El Peruano, 28/09/2026). Informativo, no constituye asesoría específica para su caso.